el 5 de octubre

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martes, 6 de enero de 2009

COMPAÑIA MINERA CONDESTABLE S.A. Compañía Minera Condestable S.A. informa a la comunidad con relación a los hechos ocurridos el día viernes 02-enero

1. Compañía Minera Condestable es una Empresa formal que brinda empleo directo a más de 1,000 trabajadores, en beneficio de sus familias, así como en la generación indirecta de empleo que se genera a través de contratistas, proveedores y demás empresas que nos prestan servicios, facilitando el desarrollo económico de Mala y alrededores
2. En Octubre 2007 Compañía Minera Condestable, tomó la decisión de manera voluntaria de incorporar a 840 trabajadores de contrata, brindándoles a todos ellos mejores condiciones y beneficios de empleo. Esta decisión marca un precedente significativo en el sector minero, mientras el tema todavía sigue discutiéndose en el Congreso. Recién en Octubre 2008 se formó el Sindicato de Trabajadores Mineros de Compañía Minera Condestable, con quienes la Empresa ha sostenido hasta la fecha seis (06) reuniones de trato directo para atender su pliego de reclamos.
3. Con fecha 02 de enero de 2009, el Sindicato de Trabajadores Mineros de la Compañía Minera Condestable S.A. organizó una ilegal e intempestiva medida de fuerza, la misma que paralizó nuestras labores, desde las 07.00 a.m. hasta las 07.00 a.m. del día 03 de enero, causando un daño económico a Condestable absolutamente innecesario y abusivo en un contexto de crisis de precios de los minerales que está afectando gravemente al sector minero y por tanto, perjudicando a los trabajadores que el Sindicado dice representar.
La medida de fuerza señalada involucró a un aproximado de 420 (cuatrocientos veinte) trabajadores y, entre otras cosas, incluyó la coacción de trabajadores de las guardias para no laborar y a los mismos representantes de la Empresa, la afectación a la propiedad privada, así como el bloqueo de la carretera Panamericana Sur, a la altura de Bujama, por un espacio de dos (02) horas aproximadamente.
Este último hecho, de mayor gravedad, involucra a terceras personas en una medida de fuerza que no solo atenta contra su seguridad sino contra el desarrollo de las actividades económicas de la zona.
4. El motivo expresado por la dirigencia sindical, durante su ilegal medida, es el despido de un (01) trabajador, manifestación que constituye una falta a la verdad, orientada a desinformar a los trabajadores, comunidad, autoridades y público en general.
La real razón ha sido la no renovación del contrato de trabajo a plazo fijo de UN TRABAJADOR que venció el 31 de Diciembre de 2008, facultad que de acuerdo a Ley y las normas laborales vigentes está otorgada a la empresa, en el contexto de la contratación de trabajadores a plazo fijo o con una duración o plazo determinado.
5. Compañía Minera Condestable reitera su compromiso y respeto con todas las obligaciones y derechos de sus trabajadores, de acuerdo a sus políticas y procedimientos internos bajo la regulación de la legislación laboral vigente y mantendrá firmemente las decisiones que son de su absoluta competencia.
Mala 05 de enero de 2009
COMPAÑÍA MINERA CONDESTABLE S.A.

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