CRÓNICA JUDICIAL DEL MES DE NOVIEMBRE DEL 2008
SALA CIVIL
DIA: 03 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: PAREDES DAVILA, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2008 – 834 – Familia.- En los seguidos por el Ministerio Público en la Investigación penal a favor del Investigado Carlos Manuel Fernández Herrera, por ser presunto autor de Infracción a la Ley Penal, considerada como Delito Contra el Patrimonio – Robo Agravado en agravio de Cinthia Ruby More; CONFIRMARON la resolución número dos, que dicta la medida socio educativa de internamiento preventivo del menor Carlos Manuel Fernández Herrera. Vocal Ponente: P.D.
EXP. N° 2007 – 53 – Civil.- En los seguidos por Julio César Siles Alegría con Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A., sobre Indemnización por Despido Arbitrario; Declararon INADMISIBLE el ofrecimiento de medios probatorios con el escrito de absolución de la apelación, formulado por el demandante Julio César Siles Alegría. Vocal Ponente: D.P.
DIA: 04 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: PAREDES DAVILA, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006 – 778 – Civil.- En los seguidos por Justo Choccata Bolige con Ruth Villalta Yanarico, sobre Separación de Cuerpos por Causal; APROBARON la sentencia consultada, que declara fundada la petición de Divorcio, en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial. Vocal Ponente: R.M.
DIA: 06 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: MARTINEZ MEZA, CAMA QUISPE Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2008- 018-SC- Constitucional.- En los seguidos por Isaías José Ascencio Ortiz con los señores Vocales de la Sala Civil, sobre Proceso de Amparo; Declararon la IMPROCEDENCIA LIMINAR de la demanda de Amparo. Vocal Ponente: C.Q.
EXP. N° 2008-019-SC-Constitucional.- En los seguidos por Helder Ormeño Palomino con señores Vocales de la Sala Civil, sobre Proceso de Amparo; Declararon la IMPROCEDENCIA LIMINAR de la demanda de Amparo. Vocal Ponente: C.Q.
DIA: 07 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: RUEDA FERNANDEZ, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2004 – 624 – Civil.- En los seguidos por Walter Hernán Sánchez Alva con la Municipalidad Provincial de Cañete, sobre Nulidad de Acto Administrativo; CONFIRMARON la sentencia (Resolución N° 29), que resuelve declarar Improcedente por caducidad de la acción, la demanda. Vocal Ponente: R.M.
EXP. N° 2006 – 144 – Civil.- En los seguidos por Teofila Orozco Quispe con la Beneficencia Pública sobre Acción Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la sentencia, que resuelve: Primero: Declarando Fundada en parte la demanda, subsanada de fojas ciento cuatro al ciento seis y a fojas ciento diez, en consecuencia consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, MANDO que el representante de la Beneficencia Pública de Cañete cumpla con la ejecución de la sentencia, REPONGA a la demandante en el cargo de auxiliar de cocina del comedor Niño Jesús, o en otro cargo de igual rano, en el plazo de diez días. Segundo: Declarando IMPROCEDENTE la misma demanda, en el extremo que solicita la nulidad del memorando número 02-PERS- dos mil seis. SBPOM y el extremo que solicita se le abone las remuneraciones impagas desde el mes de enero del dos mil seis, sin costas ni costos. Vocal Ponente: R.M.
Con los señores Vocales, doctores: PAREDES DAVILA, RUEDA FERNANDEZ Y DURAND PRADO han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2008 – 291 – Familia.- En los seguidos por el Ministerio Público en la Investigación Penal a favor del Investigado Jersson Manuel Rojas Huaraca, por ser presunto autor de Infracción a la Ley Penal, considerada como Delito Contra La Vida, El Cuerpo y la Salud – Lesiones Leves; Declararon NULO el auto apelado resolución número dieciséis. REPONIENDO el acto procesal viciado, DISPUSIERON que el Juez dicte nueva resolución con arreglo a los hechos y al derecho. RECOMENDARON al Juez y personal de la instancia de mérito actuar con mayor diligencia bajo responsabilidad. Vocal Ponente: R.F.
DIA: 11 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ Y ROQUE MONTESILLO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2005 – 68 – Civil.- En los seguidos por Ramiro Alfaro Misaico con Fondo de Fomento de Ganadería, Lechera de Lima, por Obligación de Dar Suma de Dinero; Declararon NULA la sentencia, que declara infundada la demanda e infundada el pago de intereses legales, con costos y costas, RENOVANDO el acto procesal DISPUSIERON que el Aquo cumpla con emitir nueva resolución teniendo presente lo señalado en la resolución de vista. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2006 – 758 – Civil.- En los seguidos por Ángel Cárdenas Ochoa con la UGEL número 08 de Cañete, sobre Acción Contenciosa Administrativa; REVOCARON la sentencia, que declara fundada la demanda, REFORMANDOLA declararon IMPROCEDENTE la demanda presentada. Vocal Ponente: R.F.
Con los señores Vocales, doctores: RUEDA FERNANDEZ, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006 – 114 – Civil.- En los seguidos por Juan Antonio Gordillo Andrade con Marco Quiñones Quiñones y otro sobre Oposición a la inscripción del derecho de posesión; CONFIRMARON la resolución número trece, que resuelve: Primero: Declarar de oficio en Abandono el presente proceso incoado por Juan Antonio Gordillo Andrade sobre Oposición a la Inscripción Registral. En consecuencia Téngase por concluido sin declaración sobre el fondo el presente proceso y archívese definitivamente en cuanto la presente quede consentida o ejecutoriada. Y, en lo señalado por el Fiscal Superior en la parte final de su dictamen, DISPUSIERON que el A quo remita copia de los actuados al Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones.
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANDO, PAREDES DAVILA Y RUEDA FERNANDEZ han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2003 – 524 – Familia.- En los seguidos por Miguel Ángel Aguado Rodríguez con Celinda Gálvez Lázaro, sobre Divorcio por Causal; APROBARON la consulta de la sentencia, que declara fundada la demanda y por disuelto el vínculo conyugal, por fenecido el régimen patrimonial de la sociedad de gananciales, disponiendo que la liquidación se realice en ejecución de sentencia; el cese del derecho de la cónyuge de llevar el apellido del marido agregado al suyo; la pérdida del derecho de los cónyuges a heredar entre sí; el cese de la obligación alimentaria entre los ex cónyuges; que consentida o ejecutoriada se cursen los partes correspondientes, sin pronunciamiento respecto a la patria potestad, tenencia y visitas y alimentos para hijos por ser mayores de edad y fija como indemnización por daños y perjuicios a favor de la ex cónyuge la suma de tres mil nuevos soles y los demás extremos de la citada resolución.
DIA: 12 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ Y ROQUE MONTESILLO han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2007 – 84 – Civil.- En los seguidos por Diana Centeno Román con Municipalidad Distrital de San Luis, sobre Proceso Contencioso Administrativo; Declararon NULA la resolución apelada número veintiocho, que declara improcedente el escrito de absolución y concede excepcionalmente el plazo de dos días a la citada entidad demandada para que cumpla con lo ordenado por resolución número veintisiete de autos bajo apercibimiento de multa y sin perjuicio de remitir copias certificadas al Ministerio Público. REPONIENDO el acto procesal viciado, DISPUSIERON que el Juez del Juzgado de origen emita nueva resolución con arreglo a los actuados, al derecho y respeto estricto a la cosa juzgada. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2008 – 20 – Civil.- En los seguidos por Punto Corporativo Sociedad Anónima Cerrada con la Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad Provincial de Cañete, sobre Revisión Judicial; ADMITIERON a trámite la demanda formulada, iniciándose el trámite que le corresponde conforme a ley. Vocal Ponente: A.M.
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, PAREDES DAVILA Y RUEDA FERNANDEZ han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2000 – 263 – Civil.- En los seguidos por Nicolás Saravia Sandoval y otros con Comunidad Campesina de Picamarán y otros, sobre Delimitación de Área y otros; CONFIRMARON la resolución número sesenta y tres, que declara improcedente la nulidad de todo lo actuado deducida por la Comunidad Campesina de Picamarán. Vocal Ponente: P.D.
DIA: 13 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUICA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ Y ROQUE MONTESILLO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2008 – 184 – Familia.- En los seguidos por Isabel Angélica Franco Marquina con Ministerio Público, sobre Autorización de disposición de bienes; CONFIRMARON la sentencia número 215 – 2008, que resuelve declarar fundada en parte la solicitud, subsanada, sobre autorización judicial para disponer bienes de menores (sumas dinerarias). REVOCARON en el extremo que autoriza a la solicitante para que pueda retirar y disponer del cuarenta por ciento del saldo del importe de dinero que obran en las cuentas de las dos menores en el Banco de Crédito. REFORMANDOLA autorización a la solicitante a retirar y disponer del 60% del importe de dinero de las cuentas de las menores de edad en el Banco de Crédito para los fines señalados. INTEGRARON la recurrida, DISPONIENDO que en ejecución de sentencia la demandante presente la documentación que acredite la inversión en la propiedad de las menores. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2007 – 436 – Civil.- En los seguidos por Mi Banco con Jesús Mendoza Cárdenas, sobre Ejecución de Garantía; CONFIRMARON la resolución número quince que resuelve: Declarar INFUNDADA la Contradicción presentada por el ejecutado, en consecuencia consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución y llévese a cabo la ejecución forzosa del inmueble, hasta por la suma de veintiséis mil ciento ochenta y tres nuevos soles con cincuenta y cuatro céntimos mas intereses pactados, costas y costos. Vocal Ponente: R.M.
EXP. N° 2007 – 130 - 15 – Civil.- En los seguidos por Rosa Sauri de Ochoa con la Oficina de Normalización Previsional, sobre Acción Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la resolución número trece, en el extremo que se aplique al demandado Oficina de Normalización Previsional – ONP, multa por incumplimiento a lo ordenado por el Juzgado; REVOCARON en cuanto al monto de la misma y REFORMANDOLA se le reduzca el monto de la multa de diez Unidades de Referencia Procesal a cinco Unidades de Referencia Procesal (que en moneda nacional equivale a mil setecientos cincuenta nuevos soles), quedando subsistente lo demás que contiene. Vocal Ponente: R.M.
DIA: 18 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUICA MEDRANO, PAREDES DAVILA Y RUEDA FERNANDEZ han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2008 – 904 – Familia.- En los seguidos por el Ministerio Público en la Investigación Penal a favor del Investigado Peter Jonathan Ballena Pérez, por ser presunto autor de Infracción a la Ley Penal considerada como Delito Contra El Patrimonio – Robo Agravado; CONFIRMARON el auto apelado resolución número dos, en el extremo que ordena el internamiento preventivo del investigado Meter Jonathan Ballena Pérez de internamiento en el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima. Vocal Ponente: P.D.
EXP. N° 2003 – 133 – Civil.- En los seguidos por EDECAÑETE con Granja San José Sociedad de Responsabilidad Limitada, sobre Pago de Nuevos Soles; REVOCARON la resolución apelada número ciento veintidós que resuelve declarar de oficio el abandono del proceso, la conclusión del proceso, archivamiento definitivo y devolución de anexos; REFORMANDOLA, DECLARARON IMPROCEDENTE la declaración de oficio de abandono del proceso; ORDENARON continuar con el trámite del proceso conforme a su estado. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2008 – 16 – Queja.- En los seguidos por Gabriel Alonso Vicente Arata sobre Queja de Derecho por concesorio de apelación con distinto efecto; DECLARARON IMPROCEDENTE el recurso de queja formulado por Gabriel Alonso Vicente Arata contra la resolución número catorce, que resuelve conceder apelación sin efecto suspensivo y con calidad diferida. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2006 – 539 – Civil.- En los seguidos por Miguel Mendieta Espinoza con Rosa Elisa Espinoza viuda de Mendieta, sobre Nulidad de Acto Jurídico; DECLARARON INADMISIBLE el ofrecimiento de medios probatorios con el escrito de apelación de la sentencia formulado por el demandante. Vocal Ponente: A.M.
DIA: 19 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: RUEDA FERNANDEZ, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2006 – 122 – Civil.- En los seguidos por Telefónica del Perú S.A.A. con Municipalidad Distrital de Chilca, sobre Acción Contenciosa Administrativa; REVOCARON la sentencia apelada resolución número veinticinco, que declara fundada la demanda en consecuencia declara sin efecto la Resolución de multa número 033-03 y número 035-03 y declara que la empresa de telefonía no ha incurrido en la infracción imputada mediante las precitadas resoluciones de multa. REFORMANDOLA, DECLARARON IMPROCEDENTE la demanda contenciosa administrativa formulada por la empresa Telefónica del Perú S.A.A. contra la Municipalidad Distrital de Chilca, en consecuencia la nulidad y conclusión del proceso. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2007 – 266 – Civil.- En los seguidos por Berchamns Jesús Campos Ayllón con la Municipalidad Distrital de Imperial, sobre Acción Contenciosa Administrativa; DECLARARON NULA la sentencia, que declara primero.- Fundada en parte la demanda, nula la Resolución de Gerencia número 023-2007 y nula la Resolución de Alcaldía Nro. 225-2007, manda se reponga al demandante y segundo.- Improcedente la misma demanda en el extremo que solicita se ordene a favor del demandante el pago de beneficios sociales; RENOVANDO en acto procesal viciado, DISPUSIERON que el Magistrado de Primera Instancia expida nueva sentencia con arreglo a los hechos actuados y derecho, teniendo en consideración lo analizado en ésta instancia. Vocal Ponente: R.F.
DIA: 20 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2007-906- Familia Civil.- En los seguidos por el Ministerio Público contra Esmeralda Luisa San Miguel Geldres y Otro, sobre Violencia Familiar; CONFIRMARON la sentencia de fecha treinta y uno de julio del dos milocho, obrante a fojas 42 a 46 que declara infundada la demanda. Vocal Ponente: A.M.
DIA: 21 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2007-043- Laboral.- En los seguidos por Enma Sinfuegos Arévalo con Municipalidad de Imperial, sobre Pago de Beneficios Sociales; Declararon NULA la resolución número dieciséis de fecha veintiuno de agosto del dos mil ocho de fojas setenta y nueve a ochenta que declara infundado el pedido de nulidad formulado por la demandante; REPONIENDO el acto procesal viciado, DISPUSIERON que el Juez dicte nueva resolución con arreglo a los hechos y al derecho; RECOMENDARON al A quo mayor diligencia en el cumplimiento de sus funciones. Vocal Ponente: R.F.
DIA: 24 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y DURAND PRADO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006-011- Contencioso.- En los seguidos por Emmanuel Leopoldo Cuzcazo Vicente con ETTUSA, sobre Acción Contenciosa Administrativa; REVOCARON la sentencia apelada, resolución número cuarenta y tres de fecha veintiuno de abril del dos mil ocho de fojas seiscientos cuarenta y cuatro; REFORMÁNDOLA Declararon IMPROCEDENTE la demanda incoada; RECOMENDARON a la Secretaria de Juzgado mayor diligencia en el cumplimiento de sus funciones. Vocal Ponente: R.F.
DIA: 26 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2006-359- Civil.- En los seguidos por Marlene Edith Castro Peña con Rosa Sonia Armas Durand y Otro, sobre Mejor Derecho de Propiedad; Declararon NULA la sentencia apelada, resolución número cuarenta y tres de fecha veintiuno de abril del dos mil ocho de fojas seiscientos cuarenta y cuatro; DISPUSIERON que el A quo dicte nueva sentencia con arreglo a ley. Vocal Ponente: R.M.
EXP. N° 2007-154- Contencioso.- En los seguidos por Juan Carlos Yaya Salcedo con la Municipalidad Distrital de San Luis, sobre Acción Contenciosa Administrativa; Declararon NULA la sentencia apelada; RENOVÁNDOSE el acto viciado, DISPUSIERON que el Juez de Primera Instancia emita nueva sentencia con arreglo a ley. Vocal Ponente: R.M.
EXP. N° 2007-138- Contencioso.- En los seguidos por Adan Ornano Campos Cucho con el Hospital Rezola de Cañete, sobre Reintegro de Bonificación Especial; CONFIRMARON la sentencia apelada de fecha veintiuno de julio del dos mil ocho. Vocal Ponente: A.M.
EXP. N° 2004-600- Civil.- En los seguidos por Filomena Perales de Obregón con Jorge Andrés Alayza de Lozada y otro, sobre Indemnización por daños; REVOCARON el auto apelado en el extremo que declara infundada la excepción, REFORMÁNDOLO en dicha parte, Declararon FUNDADA la excepción de transacción promovida por el demandado Jorge Andrés Alayza de Lozada; CONFIRMARON dicho auto en la parte que declara INFUNDADA la excepción de prescripción extintiva. Vocal Ponente: A.M.
EXP. N° 2007-027- Contencioso.- En los seguidos por Víctor Alejandro Cuzcano Ramos con la ONP, sobre Acción Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la sentencia apelada, resolución número doce de fecha veinte de julio del año dos mil ocho que declara Fundada la demanda. Vocal Ponente: A.M.
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, PAREDES DÁVILA Y RUEDA FERNANDEZ, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006-263- Civil.- En los seguidos por Cirilo Mayta Machaca con Antonia Ñaccha Villanueva y otros, sobre Ineficacia de Acto Jurídico; CONFIRMARON la sentencia (resolución treinta y siete) de fecha veintisiete de junio del año dos mil ocho. Vocal Ponente: A.M.
DIA: 27 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2007-353- Contencioso.- En los seguidos por Julio Cesar Chumbi Astocahuana con Municipalidad de San luis, sobre Acción Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la resolución apelada número veinticuatro de fecha dieciséis de setiembre del dos milocho, obrante de fojas ciento noventa y seis que resuelve dar por concluido el proceso, el archivo, devolución de los anexos. RECOMENDARON al Juzgado que cumpla con dejar copias certificadas de los actuados. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2004-015- Contencioso.- En los seguidos por Manuel Del Solar Ayllón con Javier Orestes Gutierrez, sobre Desalojo; CONFIRMARON la resolución número cincuenta y siete de fecha veintiséis de agosto del dos mil ocho de fojas cuarenta y nueve de este cuaderno, que declara Improcedente el pedido de Zeon Reyes Javier y Víctor Raúl Reyes Javier de suspensión de lanzamiento. Con lo demás que contiene. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2007-152- Contencioso.- En los seguidos por Martha Goycochea Sánchez con Municipalidad de Cañete, sobre Contencioso Administrativo; CONFIRMARON la resolución número siete de fecha nueve de noviembre del dos mil siete de fojas ciento quince que resuelve declarar infundada la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa. Vocal Ponente: R.F.
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO y DURAND PRADO, han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2007-195-Familia Civil.- En los seguidos por Felicia Saavedra Aarón con Elvis Junior Sanabria Saavedra, sobre Interdicción Civil; APROBARON la consulta de la sentencia de fecha veintisiete de agosto del dos mil ocho de fojas ciento ocho a ciento trece que resuelve declarar fundada en parte la demanda, DECLARA a Elvis Junior Sanabria Saavedra como Interdicto Civil por incapacidad relativa; DESIGNA como su Curadora a su madre Felicia Saavedra Aarón. Vocal Ponente: R.M.
EXP. N° 2007-735- Medida Cautelar- Contencioso.- En los seguidos por Natividad Hilda Gómez de Medina con la Municipalidad de Cañete sobre Medida Cautelar Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la medida cautelar (resolución número cinco) de fecha dieciocho de marzo del dos mil ocho, que resuelve: DESESTIMAR la demanda cautelar presentada por el demandante mediante escrito de fojas treinta y ocho. Vocal Ponente: R.M.
Cañete, 05 de Diciembre del 2008
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