EDICTO
Exp. Nº 2008-0375-FA.- Ante el 2º JPLCÑ, que despacha la Dra. Patricia Martínez Guando, seguido por ROSARIO GUEVARA RIOJA contra GILBERTO DIAZ OBLITAS sobre ALIMENTOS, se ha ordenado NOTIFICAR mediante EDICTOS la RESOLUCIÓN NUMERO UNO.- Cañete, 07-11-2008… SE RESUELVE: ADMITIR la DEMANDA interpuesta por ROSARIO GUEVARA RIOJA, sobre ALIMENTOS, contra GILBERTO DIAZ OBLITAS, la misma que se ventilará en la vía del PROCESO UNICO, en consecuencia: TRASLADO al demandado GILBERTO DIAZ OBLITAS, NOTIFICANDOSE para que absuelva el traslado de la demanda en el plazo de VEINTICINCO DIAS, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL, téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican, agréguese a los autos los anexos que acompañan.- Lo que notifico a usted, conforme a ley.- Fdo. Dra. Martínez Guando Patricia.- Juez – Fdo. Elizabeth Ada Yaya Alcalá.- Secretaria. Hágase saber. Cañete, 10 de Diciembre del 2008
Elizabeth a. Yaya Alcalá
Secretaria Judicial
Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete
Publicar
07, 08 y 09 del Enero del 2009.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA – CAÑETE
JEFATURA DE REGISTRODE ESTADO CIVIL
El Jefe del Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26497, Capítulo V, Sección Segunda, Artículo Nº 73, manda publicar; que con expediente Nº 10599 de fecha 17 de Diciembre del 2008, doña Nemesia Daria Ynquilla Pacompia, solicita la Rectificación Administrativa de la Partida de Nacimiento registrada en el Libro Nº 68 con folio Nº 60019538 del año 1998, de esta Municipalidad Distrital de Quilmaná, en el sentido de rectificar el primer apellido debiendo decir: Ynquilla y no Inquilla, que por error figura asentado. Quienes consideren que pueden salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de Ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. Nº 68 de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 06 de Enero del 2009.
Atentamente
Alfredo T. Guerrero Huamán
Jefe OREC – MDQ
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