el 5 de octubre

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lunes, 9 de febrero de 2009

ESTABLECEN FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y VEHICULAR PARA EL EJERCICIO 2009...

Mediante Ordenanza Nº 02-2009-MPC fechada el 23 de Enero último, se ha establecido las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2009, según el siguiente detalle:
Pago al contado se realizará hasta el 27 de Febrero de 2009.
Mientras que en el pago fraccionado, el primer trimestre se vence el 27 de Febrero de 2009; el Segundo Trimestre se vence el 31 de Mayo de 2009; el Tercer Trimestre se vence el 31 de Agosto de 2009; mientras que el cuarto y último Trimestre se vencerá el 30 de Noviembre de 2009.
La Ley de Tributación Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, regula que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año, o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de Mayo, Agosto y Noviembre.
IMPUESTO A LA PROPIEDAD VEHICULAR…
De otro lado, mediante Ordenanza Nº 03-2009-MPC fechada el 23 de enero último, se ha establecido las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto a la Propiedad Vehicular para el ejercicio 2009, según el siguiente detalle:
Pago al contado hasta el 27 de Febrero de 2009; mientras que en el pago fraccionado, el primer trimestre vence el 27 de Febrero de 2009; el segundo trimestre vence el 31 de Mayo de 2009; el tercer trimestre vence el 31 de Agosto de 2009; y el cuarto y último trimestre vence el 30 de Noviembre de 2009.
TAMBIEN APRUEBAN OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR…
Finalmente, a través de Ordenanza Nº 04-2009-MPC del 23 de enero de 2009, se aprobó para el ejercicio fiscal 2009, la obligación de presentar una Declaración Jurada Anual de Impuesto al Patrimonio Vehicular ante la Municipalidad Provincial de Cañete, de parte de las personas naturales o jurídicas propietarias de los vehículos, automóviles, camionetas, station wagon, camiones, buses y omnibuses, cuyo domicilio se encuentra en la jurisdicción de la provincia de Cañete.
De conformidad al artículo 34º, inciso a) de la Ley de Tributación Municipal, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada del Patrimonio Vehicular año 2009, vence el 28 de Febrero de 2009.

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